2. Las instalaciones de servicio o protección anejas a los lugares de trabajo se considerarán como parte componente de los mismos. Para ello se dispondrán y mantendrán en funcionamiento horizontes de emergencia que, en caso de peligro, permitan a los trabajadores confiarse con ligereza y seguridad los lugares amenazados. 5.º https://medinaempresarialsst.com/